El Jurado define y todo indica que va a destituir a Romano

Viernes 25 de November de 2011
Jurado

La acusación aseguró que el camarista refugiado en Chile fue funcional al terrorismo de Estado. La defensa rechazó los cargos. A mediados de diciembre se conocerá la decisión.

La suerte de Otilio Romano como camarista federal quedó ayer en manos del Jurado de Enjuiciamiento, ya que ayer la acusación y la defensa realizaron sus respectivos alegatos. La parte acusadora, encabezada por el representante del Poder Ejecutivo en el Consejo de la Magistratura, Hernán Ordiales, solicitó la remoción de Romano por entender que fue pasiva y activamente "funcional al terrorismo de Estado" entre 1975 y 1983 cuando se desempeñó como fiscal federal y juez subrogante.
En tanto, la defensora Estela León pidió que se anulen los cargos que se le achacan a Romano por entender que, como fiscal, su defendido no era miembro del Poder Judicial sino que fue nombrado por un decreto del PEN y, por lo tanto, no lo debiera alcanzar el control que realiza el Consejo de la Magistratura. Además, León dijo que el Senado le dio a Romano su acuerdo para llegar a ser camarista federal en 1993 y que "un poder no puede avasallar los actos de otro poder político (en este caso el Legislativo)".
Se espera que el Jurado dé a conocer su sentencia alrededor del 15 de diciembre. Todas las fuentes consultadas dan por seguro que el camarista (que se encuentra prófugo en Chile ya que fue imputado por la Justicia Federal por participar de 103 hechos en los que se violaron derechos humanos durante la dictadura militar) será destituido como sucedió con Luis Miret, quien fue compañero de Romano en la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza y fue acusado ante el Consejo de la Magistratura por casi los mismos hechos que pesan sobre Romano. Se necesitan cinco firmas -dos tercios-para que el polémico juez sea removido.
El acusador Ordiales sostuvo que el suspendido camarista tuvo una conducta "que puede resumirse en omisión deliberada, sistemática y sostenida en el tiempo de promover cualquier tipo de investigación, perseguir o reprimir delitos de lesa humanidad cometidos por las fuerzas de seguridad y armadas". Y añadió que la conducta se agravó por el hecho de haberse sustraído de la Justicia al pedir asilo en Chile.
Ordiales dividió en siete ítems las pruebas reunidas durante las audiencias del Jury para sostener la acusación de mal desempeño que recae sobre Romano. El primer punto es que el juez "se hizo presente en centros clandestinos de detención y en unidades carcelarias" y "comprobó los tratos inhumanos a los detenidos políticos y, aún así, no impulso ninguna investigación sobre estos crímenes". Repasó, entonces, los testimonios de Luz Faingold, Daniel Pina y Fidel Bustelo.
El acusador sostuvo que el entonces fiscal tuvo conocimiento "directo" de las vejaciones y "optó por no investigar" pero que, en cambio, impulsó investigaciones de supuestos delitos contemplados en la Ley 20.840 (antisubversiva) "con el agravante de que le dio validez procesal a testimonios recogidos en sede policial mediante abusos". Además, Ordiales aseguró que "Romano tuvo una actitud activa porque instó a los detenidos a firmar un arrepentimiento".
Por último, Ordiales desarrolló los puntos en los que la defensa basó su alegato. Afirmó que el acuerdo que le prestó el Senado para ser camarista de "ninguna manera le da inmunidad" ya que, según los testimonios de dos ex senadores que revisaron su pliego, en aquel momento no hubo impugnaciones ni pesaban sobre el juez hoy prófugo las acusaciones sobre violaciones de derechos humanos.
El acusador aseguró que el hecho de que los delitos que se le achacan hayan sido cometidos cuando Romano era fiscal federal no le dan ningún paraguas legal ya que lo que el Jurado debe resolver es si el camarista tiene los requisitos morales y éticos mínimos como para poder seguir siendo magistrado.
"Este hombre ha deshonrado con su pasado y su presente el cargo para el cual las instituciones de la democracia lo han designado", concluyó.
En tanto, la defensora León sostuvo que el aval que el Senado le dio a Romano en 1993 es un "escollo" para poder destituirlo y aseguró que debería evaluarse su conducta desde que fue designado camarista. Por otro lado, León realizó una categorización de lo que fue la Ley 20.840 en la cual se amparó Romano como fiscal. Recordó que fue dictada por el Congreso a pedido de la presidenta Estela Martínez de Perón.
  "La cultura política de hoy no era la que tenía la clase política de entonces", aseguró la defensora y se remitió a las sesiones en las que los opositores y justicialistas criticaban y avalaban la ley mandada por Isabelita. "No hay dudas de que la actual política de derechos humanos no existía en aquella época", sostuvo.
"Esa ley, a todas luces inconstitucional, prohibía la libertad condicional y las excarcelaciones por lo que no fue Romano quien violó la Constitución sino que respondió a una ley de un Gobierno democrático", dijo la abogada. Además, León explicó que los jueces no podían hacer nada cuando un detenido pasaba, por decreto, a disposición del Poder Ejecutivo. "Debían ir a las cárceles a tomar indagatorias porque una ley prohibía movilizar detenidos considerados peligrosos", recordó.
Por último, la defensora dijo que los senadores que dieron el aval a Romano sí conocían muchos de los testimonios que comprometen al camarista porque fueron recogidos por la Conadep y utilizados en el Juicio a las Juntas Militares. Y finalizó diciendo que como el juez está suspendido desde fin de agosto, al pedir asilo en Chile no ha obstaculizado su juicio político.

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